reglamento de la ley general de pesca reglamento de la ley general de pesca
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10.01.2023

reglamento de la ley general de pescareglamento de la ley general de pesca


Procesar recursos o productos hidrobiológicos en plantas de procesamiento de productos pesqueros superando la capacidad autorizada en la licencia de operación correspondiente. Están exceptuados de lo dispuesto en los artículos precedentes los organismos públicos descentralizados del sector pesquero dedicados a la investigación científico - pesquera y capacitación. 12/1506/110314. Los titulares de las actividades pesqueras están obligados a realizar programas de monitoreo periódicos y permanentes para evaluar la carga contaminante de sus efluentes y emisiones, en el cuerpo receptor y en el área de influencia de su actividad, con el objeto de: Determinar la eficiencia de las medidas de prevención y control de la contaminación; Evaluar la calidad de los cuerpos receptores y las variaciones de sus cargas contaminantes; y. Evaluar el cumplimiento de metas referidas a la reducción de emisiones y vertimientos propuestos y el cumplimiento de normas legales. La autoridad cuenta con un plazo máximo de 4 días hábiles para requerirle al particular la información faltante. 18.2 Vencido el plazo a que se refiere el párrafo anterior, el permiso de pesca caducará de pleno derecho sin que sea necesaria notificación de parte del Ministerio de Pesquería. 28-A.7.2 Una vez concluidos los procedimientos sancionadores mediante acto administrativo firme, o se deje sin efecto la medida cautelar correspondiente, la autoridad competente suspende, de oficio, el permiso de pesca si en el plazo de diez (10) días hábiles no se acredita el cumplimiento de las referidas obligaciones”. WebArtículo 7 - DE LAS OBLIGACIONES Artículo 8 - DEL SEGUIMIENTO CONTROL Y VIGILANCIA Artículo 9 - DE LAS PROHIBICIONES Artículo 10 - DE LAS SANCIONES Ley General de Pesca Reglamento de la Ley General de Pesca Artículo 2.- Son patrimonio de la Nación los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú. Infracciones por incumplimiento de normas de carácter ambiental. Extraer especies protegidas por disposiciones legales especiales. Autorización de instalación y licencia de operación de plantas de procesamiento pesquero, Otorgamiento de licencia de operación para plantas de procesamiento pesquero artesanal, Cambio de titularidad de la licencia de operación, Condiciones para el otorgamiento de la autorización de instalación, Condiciones para la operación de establecimientos industriales y plantas de procesamiento, Otorgamiento de licencia de operación de planta de procesamiento industrial, Facultad para determinar las zonas sujetas a prohibiciones o limitaciones, De los recursos hidrobiologicos para fines ornamentales, Especies con fines ornamentales, de recreación o difusión cultural y acuarios comerciales, Promoción de la actividad pesquera artesanal, Clasificación de las personas que realizan actividad pesquera artesanal, Definición de actividad artesanal extractiva o procesadora, Gestión empresarial, transferencia de tecnología y capacitación, Promoción de líneas especiales de crédito, Zona reservada para la actividad pesquera artesanal y de menor escala, Permisos de pesca para operar embarcaciones artesanales, De la pesca por embarcaciones de bandera extranjera, Otorgamiento de permiso de pesca para embarcaciones de bandera extranjera, Garantía de cumplimiento de las normas vigentes, Obligación de contar con Sistema de Seguimiento Satelital, Obligación de llevar a bordo un observador del IMARPE, Autorización a embarcaciones de bandera extranjera para transbordo de recursos hidrobiológicos en bahía o puerto, Caducidad de la autorización de transbordo, Denegatoria de la solicitud de transbordo, Obligación de presentar el manifiesto de carga, Instancias de coordinación en aspectos de control y supervisión en materia ambiental, Obligaciones de los titulares de las actividades pesqueras y acuícolas, Verificación de medidas de mitigación dispuestas en los Estudios de Impacto Ambiental, Lineamientos para ejercer la actividad extractiva en materia ambiental, Lineamientos en materia ambiental para la actividad de pesca artesanal, Adopción de medidas de carácter ambiental por parte de los titulares de establecimientos industriales pesqueros, Frecuencia y resultados de los programas de monitoreo, Actividades pesqueras sujetas a la elaboración y aprobación de un Estudio de Impacto Ambiental, Actividades que se encuentran sujetas a la presentación de Declaración de Impacto Ambiental, De los programas de adecuacion y manejo ambiental, Plazo de ejecución de los Programas de Adecuación y Manejo Ambiental, Estudios de Impacto Ambiental y Declaraciones de Impacto Ambiental, Excepción a la obligación de presentación de EIA o PAMA, Instituciones autorizadas para la elaboración de EIA o PAMA, Obligaciones en casos de transferencia del derecho administrativo, De la fiscalizacion y auditorias ambientales, Apoyo en situaciones de conflicto o resistencia, Del sistema de vigilancia de las actividades pesqueras, Unidad de acciones de seguimiento y control, Obligaciones del capitán de la embarcación pesquera, Fiscalización de las labores de inspección, Obligaciones de los armadores de embarcaciones de bandera extranjera, Objetivos del Sistema de Seguimiento Satelital, Aplicación del Sistema de Seguimiento Satelital, Carácter reservado de la informacion y datos provenientes del sistema, Carácter reservado de la información y de los datos, De los procedimientos para el otorgamiento de concesiones, autorizaciones, permisos de pesca y licencias, Publicación de normas de carácter particular, Función rectora del Ministerio de Pesquería, Facultades de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, Aplicación de penalidades pactadas en convenios, Prescripción de la facultad para determinar la existencia de infracciones administrativas, Ejercicio de actividades sin contar con derecho, Presunción de uso de elementos prohibidos. WebFija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley n° 18.892, de 1989 y sus Modificaciones, Ley General de Pesca y Acuicultura(última modificación 16-jul-2022) Consumo humano indirecto: consumo por el ser humano de ingredientes elaborados a partir de la transformación de recursos hidrobiológicos, o de animales alimentados con estos ingredientes. En caso de ser persona natural o jurídica extranjera acredita que cuenta con representante con domicilio en el país. WebHistoria. Decreto Supremo Nº 030-2001-PE ─ Reglamento de la Ley Nº 27460, Ley de promoción y desarrollo de la acuicultura. La comprobación de fraude o falsedad en la indicada declaración jurada, dará lugar a las acciones penales y administrativas previstas por Ley. Fecha de apertura: 11/03/2014. Plan de abandono.- Plan de ejecución permanente, destinado a la prevención de contaminación de los efluentes sólidos, líquidos o gaseosos a corto, mediano y largo plazo, generados como resultado del cese definitivo de cualquier actividad pesquera y acuícola. 12/1506/110314. Los consultores, auditores e inspectores ambientales son responsables de la veracidad e idoneidad de la información contenida en los documentos que suscriban, sin perjuicio de la responsabilidad del titular de la actividad por su cumplimiento. La suspensión y la reincorporación requieren pronunciamiento expreso del Ministerio de la Producción. Los gastos por concepto de pasajes y viáticos para el desplazamiento de los servidores a cargo de la referida inspección técnica, son asumidos por el administrado. Decreto Supremo Nº 002-99-PE ─ Reglamenta el título XI de la Ley General de Pesca. Con fundamento en los artículos 50, 140 incisos 3) y 18) y 146, de la Constitución Política; los artículos 27 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; y los artículos 2 inciso … Esfuerzo pesquero.- Acción desarrollada por una unidad de pesca durante un tiempo definido y sobre un recurso hidrobiológico determinado. Primera.- El Ministerio de Pesquería procederá a revisar la normatividad del sector a fin de iniciar su simplificación. 54.5 El acto administrativo por cuyo mérito se otorgue la licencia para la operación de cada planta de procesamiento especifica la actividad a desarrollar, su capacidad instalada y la ubicación correspondiente. De esta manera, se permitirá la … WebNº 42755-MINAE. Armador artesanal: el propietario o poseedor de una o más embarcaciones pesqueras artesanales. 28-B.1 En caso se efectúe la modificación del nombre, denominación o razón social del titular del permiso de pesca, y sólo en caso ésta no implique la transferencia de propiedad o posesión, el titular tiene la obligación de solicitar la modificación del respectivo permiso, adjuntando copia simple del documento que acredite dicho cambio, expedido por RENIEC o SUNARP, según corresponda. Pescar atún sobre poblaciones de delfines con excepción de embarcaciones atuneras de clase 6 que cuentan con Límite de Mortalidad de Delfines (LMD) y con certificación Dolphin safe. Se determina sobre la base del conocimiento del ciclo de vida de la especie. Bs. Corresponde al Ministerio de la Producción establecer mediante Resolución Ministerial, previo informe del Instituto del Mar del Perú, los periodos de veda o suspensión de la actividad extractiva de determinada pesquería en el dominio marítimo, en forma total o parcial, con la finalidad de garantizar el desove, evitar la captura de ejemplares, en menores a las permitidas, preservar y proteger el desarrollo de la biomasa, entre otros criterios. 3.2. En caso de incumplimiento la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero procederá a suspender la respectiva licencia de operación, hasta que efectúe el pago correspondiente. Residuo.- Todo material al que no se le otorga un valor de uso directo en la pesquería. Y LA MINISTRA DE AMBIENTE Y ENERGÍA. WebDecreto Supremo N° 012-2001-PE Presidencia de la República del Perú Decreto Supremo N° 012-2001-PE 13 de marzo de 2001 Aprueban el Reglamento de la Ley General de … 11.5 Para mantener vigentes los permisos de pesca y las concesiones se requiere el pago de los derechos de pesca o el pago por concepto de explotación de la concesión, respectivamente. Asimismo, adjunta los siguientes documentos: Copia simple del contrato que acredite el derecho de propiedad o posesión respecto del predio en el cual se realizará la instalación de la planta de procesamiento o el aumento de su capacidad, o en caso cuente con derecho de propiedad inscrito respecto del predio, indica en su solicitud el número de partida y la oficina registral correspondiente. Almacenar o utilizar recursos o productos hidrobiológicos declarados en veda para la preparación o expendio de alimentos. Modificación de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. El Ministerio de Pesquería es competente para la aprobación de los Estándares de Calidad Ambiental (ECA) del agua y aire, en el ámbito de influencia pesquera y acuícola, en tanto no se aprueben por el CONAM; Fiscalizar el cumplimiento del presente Reglamento e identificar las violaciones a sus disposiciones, normas ampliatorias y complementarias, así como a las normas técnicas obligatorias; asimismo, en tanto no se aprueben los estándares de calidad del agua y del aire le corresponde supervisar y controlar el cumplimiento de las medidas destinadas a proteger el ambiente, los recursos hidrobiológicos y garantizar su aprovechamiento sustentable; Efectuar a través de terceros, y sin perjuicio de la responsabilidad que les corresponde a los titulares de actividades pesqueras y acuícolas, el monitoreo ambiental de los ecosistemas sensibles sujetos al aprovechamiento por actividades pesqueras y acuícolas, con el fin de garantizar su calidad ambiental y la protección de la biodiversidad acuática; Promover la coordinación con las instituciones competentes en el manejo ambiental para facilitar el diseño y aplicación de políticas multisectoriales en el campo ambiental; Simplificar los procedimientos destinados al cumplimiento de las obligaciones ambientales por los titulares de actividades pesqueras y acuícolas y coordinar intersectorialmente la eliminación en la superposición de exigencias y duplicidad de procedimientos en su rol de autoridad ambiental; Promover acciones destinadas a la conservación y uso sostenible de los recursos hidrobiológicos; e. Suspender o limitar la admisión de solicitudes de cualquier actividad del sector pesquero por razones de ordenamiento y aprovechamiento responsable de los recursos pesqueros o protección del medio ambiente; limitar el acceso a un recurso hidrobiológico mediante un determinado sistema de extracción o procesamiento y, en general, asumir las acciones requeridas para promover actividades destinadas a la protección del ambiente, eficiencia pesquera y la conservación de los recursos hidrobiológicos. 00 Comentarios Inicia sesión (Iniciar sesión) o regístrate (Registrarse) para publicar … Las autorizaciones de incremento de flota de embarcaciones de bandera nacional, las autorizaciones de investigación para embarcaciones pesqueras de bandera nacional o extranjera, así como los permisos de pesca para armadores que operen embarcaciones de bandera extranjera, son intransferibles. 34.4 La tramitación del procedimiento administrativo correspondiente está a cargo de la autoridad que otorgó el permiso de pesca y tiene una duración máxima de quince (15) días hábiles, sujeto a silencio administrativo negativo. 27.1 En concordancia con lo establecido por el artículo 17 de la Ley, el Ministerio de la Producción destinará a la ejecución de actividades y/o proyectos con fines de investigación científica, tecnológica, capacitación y otros vinculados al desarrollo pesquero y/o acuícola, un porcentaje del total de los derechos que recaude por concepto de concesiones y permisos de pesca. La historia de este organismo autónomo comienza con la aprobación de la Ley de 28 de diciembre de 1978 de Seguros Agrarios Combinados. Arrojar los recursos o productos hidrobiológicos capturados, exceptuando aquellas pesquerías que, utilizando artes o aparejos selectivos, capturen recursos hidrobiológicos que puedan ser devueltos con vida al medio acuático; o capturarlos para extraerles las gónadas o mutilar otras partes de su organismo. 54.4 La tramitación del procedimiento administrativo tiene una duración máxima de treinta (30) días hábiles y está sujeto a silencio administrativo negativo. Será causal de caducidad del permiso de pesca otorgado, incumplir con presentar la mencionada certificación, o de ser el caso la documentación de exportación, en un plazo de cuarenta y cinco (45) días, contados a partir del día siguiente de la notificación de la resolución administrativa que otorga el permiso de pesca. Velocidades de Pesca de cerco: Son las velocidades que registra una embarcación pesquera durante las operaciones de cala. Webartículo 74 ter. 37.3.1 El adquiriente solicita, conforme a lo previsto en el artículo 124 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, el cambio de titularidad de dicha autorización al Ministerio de la Producción, adjuntando copia simple del contrato de transferencia de propiedad de la futura embarcación, de fecha cierta, así como la copia simple del certificado de avance de cincuenta por ciento (50%) de construcción emitido por la autoridad marítima competente, según corresponda. La suspensión y la reincorporación requieren pronunciamiento expreso del Ministerio de la Producción. Plan de Manejo de Residuos Sólidos: Documento técnico en el cual el generador de los residuos sólidos, incluye todas las actividades a desarrollar para el siguiente período, considerando políticas, objetivos, manejo de residuos sólidos, planes operativos, plan de contingencia e informes a la autoridad. 40.2 El pago de estos derechos es individual para cada embarcación. 136.3 El Ministerio de la Producción puede adoptar medidas provisionales o cautelares necesarias, al comprobar la existencia de indicios razonables acerca de una conducta con apariencia infractora que ponga en riesgo la sostenibilidad de los recursos hidrobiológicos, así como para asegurar la efectividad de la resolución final. Para ampliar la capacidad de bodega de embarcaciones pesqueras que cuenten con permiso de pesca vigente o cuyos incrementos de flota otorgados mantengan su vigencia. 50.5 La vigencia de la licencia de operación de una planta de procesamiento pesquero artesanal está condicionada al cumplimiento de la normativa vigente sobre dicha actividad. Realizar en la pesca de atún lances nocturnos o no completar el retroceso dentro de los treinta (30) minutos después de la puesta del sol. 53.3 Previo al otorgamiento de la licencia de operación correspondiente, el administrado comunica al Ministerio de la Producción la ejecución de un periodo de prueba de hasta cinco (05) días calendario, a fin de que la autoridad sanitaria pesquera realice las inspecciones conducentes a la evaluación y otorgamiento de la habilitación sanitaria de la planta de procesamiento pesquero, según el procedimiento establecido para tal fin y de acuerdo a los términos de la autorización de instalación otorgada. Llevar a bordo o utilizar sistemas mecanizados para la extracción de los recursos invertebrados marinos bentónicos, diferentes a las compresoras de aire utilizadas exclusivamente para el aprovisionamiento de aire para la respiración en buceo semiautónomo. Operadores Pesquero o Acuícolas: Poseedores legales que operan embarcaciones pesqueras, establecimientos industriales, o centros acuícolas. WebVigilar el cumplimiento de las disposiciones de este reglamento, así como la observancia de las resoluciones previstas en el mismo, e imponer las sanciones y demás medidas de control y de seguridad necesarias, con arreglo a las disposiciones legales y reglamentarias aplicables, y VII. La Dirección General de Asuntos Ambientales de Pesquería del Ministerio de la Producción es también la encargada de dar cumplimiento a lo previsto en la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, que regula la formalización de denuncias por infracción a la legislación ambiental, y coordinar con las entidades competentes lo relacionado a las áreas naturales protegidas, reservas turísticas nacionales y otras categorías de ordenamiento. A través del Ministerio de la Producción (Produce), derogó hoy la Tercera Disposición Final del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por … WebEn cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, se informa que los datos de carácter personal serán tratados e incorporados a la actividad de tratamiento … Este procedimiento es de aprobación automática. La solicitud tiene carácter de declaración jurada. 50.4 El procedimiento de evaluación de la solicitud de otorgamiento de licencia tiene un plazo máximo de veinte (20) días hábiles y está sujeto a silencio administrativo negativo. 21.2 El interesado solicita la autorización correspondiente, conforme a lo previsto en el artículo 124 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, adjuntando el plan de investigación, debidamente suscrito como responsable del proyecto, así como la copia simple del certificado de matrícula o de registro, con traducción simple al español en caso corresponda, o del permiso de navegación conferido por la autoridad marítima, en caso se requiera el uso de embarcaciones pesqueras, en caso corresponda. 18.1 En los casos de embarcaciones siniestradas con pérdida total, el armador propietario afectado solicita autorización de incremento de flota para dedicarse a la pesquería originalmente autorizada, dentro de los tres (03) años posteriores de ocurrido el siniestro, según el procedimiento administrativo establecido en el artículo 37 del presente Reglamento, en lo que resulte aplicable. Extraer RIMB juveniles del medio natural, para ser comercializados o utilizados como semilla, sin la correspondiente autorización de la autoridad competente. 1407/2013 en lo que respecta a su prórroga y el Reglamento (UE) núm. Título del anteproyecto: REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE PESCA Y ACUACULTURA SUSTENTABLES. Transportar, comercializar y/o almacenar recursos o productos hidrobiológicos declarados en veda o que provengan de descargas efectuadas en lugares de desembarque no autorizados por la autoridad competente. De la fiscalizacion y auditorias ambientales, TÍTULO VIII. Para los efectos a que se contrae el Artículo 34 de la Ley, las personas que realizan actividad pesquera artesanal se clasifican en : Pescador artesanal: aquél que habitualmente extrae recursos hidrobiológicos, con o sin el uso de embarcación artesanal o arte de pesca, cuyo producto se destine preferentemente al consumo humano directo, salvo el caso específico de la recolección de algas marinas. La autoridad cuenta con un plazo máximo de 4 días hábiles para requerirle al particular la información faltante. Numeral derogado por la Única Disposición Complementaria Derogatoria del Decreto Supremo N° 004-2020-PRODUCE, publicado el 28 febrero 2020. De las infracciones administrativas, CAPÍTULO III. 27.2 Las actividades y/o proyectos que se financien con dichos recursos, serán previamente analizados y evaluados por una Comisión Especial que contará con la participación del sector pesquero privado. La realización de actividad extractiva en el ejercicio previo se verificará, en el caso de la actividad de consumo humano indirecto, con la información proveniente del Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo, aprobado por Decreto Supremo N° 027-003-PRODUCE. 52.1.2 En el marco del procedimiento de autorización de instalación, se requiere la opinión técnica, con carácter vinculante, de la autoridad sanitaria pesquera, la misma que se emite dentro de un plazo máximo de diez (10) hábiles. 28-A.1 Para operar embarcaciones pesqueras de bandera nacional o extranjera en aguas jurisdiccionales peruanas se requiere permiso de pesca otorgado por el Ministerio de la Producción o, para el caso de embarcaciones artesanales, por el Gobierno Regional competente, el cual es expedido a solicitud de parte, conforme a lo previsto en el artículo 124 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS. N° 002-2020- Produce- Modificacion DEL Reglamento DE LA LEY General DE Acuicultura TRABAJOS ENCARGADOS Universidad Universidad Tecnológica del Perú Asignatura introduccion al derecho (derecho) Año académico2014/2015 ¿Ha sido útil? Segunda.- El Registro de Auditores e Inspectores Ambientales y el Registro de Consultores Ambientales de la Dirección Nacional de Medio Ambiente inscribe a las personas naturales y jurídicas debidamente calificadas que cumplan con los requisitos y condiciones que establezca el Ministerio de Pesquería. El pago del derecho por permiso de pesca para la operación de embarcaciones pesqueras de bandera extranjera, podrá hacerse efectivo en forma fraccionada hasta en tres (3) armadas dentro de un período que no exceda de ciento veinte (120) días hábiles. Declaración de Impacto Ambiental (DIA).- Documento de compromiso ambiental que presentan los titulares de proyectos o actividades de menor escala, señalando que sus actividades no causarán efectos perjudiciales a los recursos naturales y al ambiente. Mantener, acopiar, transportar y estabular recursos o productos hidrobiológicos ornamentales sin contar con los materiales sanitarios que aseguren una alta supervivencia de las especies. Las labores propias de los inspectores serán fiscalizadas por supervisores profesionales dependientes de la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia. Personas físicas – ingresos: Efectivo, bienes y servicios, crédito y devengado. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. El Centro de Control Científico del Instituto del Mar del Perú - IMARPE y la Comandancia de Operaciones Guardacostas de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, recibirán del Centro de Control Principal del Ministerio de la Producción, los datos, reportes e información provenientes del Sistema de Seguimiento Satelital. Efluentes.- Fluido acuoso, puro o con sustancias en solución o suspensión producto de la actividad pesquera o acuícola, que se considera residuo. a efectos de … Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 5 de 10/01/2023 2. La Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero comunicará a la autoridad marítima la relación de embarcaciones cuyos permisos de pesca hubiesen sido suspendidos o caducados para que no se les otorgue autorización de zarpe. Las personas naturales o jurídicas autorizadas a realizar investigación pesquera, pagarán los correspondientes derechos por concepto de permisos de pesca o concesiones, cuando los recursos hidrobiológicos provenientes de la investigación se destinen a su comercialización, exceptuándose el caso previsto en el Artículo 16 del presente Reglamento. Sin perjuicio de lo establecido en los Artículos precedentes, son obligaciones de los armadores de embarcaciones pesqueras de bandera extranjera: Sufragar los gastos por concepto de transporte, racionamiento, movilidad local y otros necesarios para la ejecución de las inspecciones y supervisiones de transbordo. La solicitud tiene carácter de declaración jurada. Para tal efecto, el Ministerio de Pesquería podrá contratar empresas especializadas para la ejecución de los actos de peritaje, inspección y control. Web64 BIS 1, 65, 66, 67, 74 y 76 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, 30, 32 Bis y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, he tenido a bien expedir el siguiente: REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE EN MATERIA DE … Transportar o almacenar recursos o productos hidrobiológicos para consumo humano directo en estado de descomposición, en condiciones inadecuadas según la normatividad sobre la materia o incumpliendo las disposiciones específicas para su conservación. ¿Qué es Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los residuos? WebD.S. Del seguimiento y control ambiental, SUBCAPÍTULO III. 1.1.2 Con el empleo de embarcaciones de hasta 32,6 metros cúbicos de capacidad de bodega y hasta 15 metros de eslora, con predominio del trabajo manual. La información de la captura total declarada por el titular será contrastada con las declaraciones efectuadas por los establecimientos industriales pesqueros, en los meses de febrero y agosto de cada año. Webque, el reglamento de la ley general de pesca, aprobado mediante decreto supremo n° 012-2001-pe, en su artículo 5, dispone que el ordenamiento pesquero se aprueba … 1. Recibir descarga de pesca sin la presencia de los fiscalizadores acreditados por el Ministerio de la Producción cuando corresponda el control del Límite Máximo de Captura por Embarcación - LMCE. WebreGLaMenTO de La Ley GeneraL de Pesca TÍTULO I. de Las nOrMas BÁsIcas. Decreto Supremo Nº 005/98/PE - Modifica el Reglamento de la Ley General de Pesca. Que, el artículo 2 del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establece que los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son … De igual forma publica la relación de embarcaciones que cuentan con derechos de sustitución, conforme a las normas que reglamentan dicho derecho. WebEsto ocurrió cuando sus embarcaciones que proveían de recursos hidrobiológicos al Damanzaihao- pescaron 909 toneladas de pota fuera de las 200 millas marinas … Tampoco se aplica el concepto de carga neta a las embarcaciones pesqueras que cuentan con permisos de pesca vigentes para la extracción de recursos plenamente explotados y/o en recuperación, cuyos armadores implementen sistemas o medios de preservación a bordo de las mismas. En el caso de multas impuestas por las Comisiones Regionales de Sanciones, el importe se abonará en la cuenta bancaria del Gobierno Regional indicada en la Resolución de Sanción. Extraer recursos hidrobiológicos con el uso de explosivos, materiales tóxicos, sustancias contaminantes y otros elementos que la norma establezca, y/o llevar a bordo tales materiales; así como poseer recursos o productos hidrobiológicos extraídos con el uso de explosivos, materiales tóxicos o sustancias contaminantes, de acuerdo a la correspondiente evaluación físico - sensorial u otra de acuerdo a la normatividad sobre la materia. WebArtículo 1.-. Declarada la suspensión o caducidad del permiso de pesca se oficiará a la Autoridad Marítima a fin de que impida el zarpe de dichas embarcaciones. Extraer o descargar recursos hidrobiológicos en tallas o pesos menores a los permitidos, superando la tolerancia establecida en la normatividad sobre la materia. 37.1.2 Adicionalmente, para aquellas pesquerías que sólo admiten el incremento de flota por sustitución de embarcaciones de la flota existente, el armador propietario adjunta: Copia simple del certificado de matrícula, que indique la capacidad de bodega en metros cúbicos (m3) y la refrenda vigente, de la embarcación que será sustituida, emitido por la autoridad marítima, salvo para el caso de las embarcaciones siniestradas a las que se refiere el artículo 18 de este Reglamento, en cuyo caso presentan copia simple de la resolución de cancelación de matrícula por causa de siniestro con pérdida total de dicha embarcación. Guías de Manejo Ambiental.- Documentos mandatorios emitidos por la autoridad pesquera en materia ambiental que contienen los lineamientos aceptables para las distintas actividades pesqueras y acuícolas, destinados a lograr el desarrollo sostenible. A diferencia de otras regulaciones, como la chilena (Ley General de Pesca y Acuicultura), la mexicana (Ley General de Pesca y Acuicultura Sustentables) o … Asimismo, la vigencia de dicha licencia de operación está condicionada al cumplimiento de la normativa aplicable. Los Centros de Control, son los centros de recepción y procesamiento de los datos, reportes y toda información transmitida a través del sistema. No procede aplicar ninguna excepción al cumplimiento de alguna norma legal por causa de haber sido otorgado anteriormente el derecho administrativo cuya cancelación fue aplicada como sanción. - En el caso de pescadores no embarcados o armadores artesanales: copia simple de la resolución directoral de permiso de pesca artesanal. 136.1 Conforme a lo previsto en el Artículo 78 de la Ley, la infracción a la legislación pesquera se sanciona, indistinta o conjuntamente, con multa, suspensión, decomiso definitivo o cancelación de la autorización, licencia, concesión o permiso. Descartar los recursos o productos hidrobiológicos capturados, exceptuando aquellas pesquerías que, utilizando artes o aparejos selectivos, capturen recursos hidrobiológicos que puedan ser devueltos con vida al medio acuático. Recibir o procesar recursos o productos hidrobiológicos en tallas o pesos menores a los establecidos, que no provengan de una actividad de fiscalización. Disposición final segunda. Realizar viajes o faenas de pesca de atún sin contar con balsa y/o un mínimo de tres (03) lanchas rápidas y/o bridas de remolque y/o reflector de alta densidad y/o visores de buceo. Vencido dicho plazo, el derecho de utilización de los saldos caducará de pleno derecho para el armador, sin que sea necesaria notificación al titular por parte del Ministerio de la Producción. A tal efecto, el armador pesquero podrá ingresar al extranet del portal web del Ministerio de la Producción con su código de acceso. Mayor escala: la realizada con embarcaciones mayores de 32,6 metros cúbicos de capacidad de bodega. Realizar viajes o faenas de pesca de atún sin contar con paños de protección de delfines debidamente "alineados", cuando se encuentren obligados a tenerlos así como con otros mecanismos que eviten daños a delfines de acuerdo al Programa Internacional para la Conservación de los Delfines - APICD. Patrones ambientales.- Normas, directrices, prácticas, procesos e instrumentos definidos por la autoridad competente con el fin de promover políticas de prevención, reciclaje, reutilización, control de la contaminación y del deterioro ambiental en las actividades pesqueras y acuícolas. Asimismo, el Ministerio basado en los estudios técnicos y recomendaciones del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, determinará si la veda será de aplicación a las zonas de extracción de las embarcaciones artesanales y/o de menor escala y/o de mayor escala. WebReferencia: 1996/02857 Rango: REAL DECRETO Oficial-Número: 204/1996 Disposición-Fecha: 09-02-1996 Departamento: MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACION Publicación-Fecha: 10-02-1996 BOE-Número: 36/1996 Ini-Página: 4775 Fin-Página: 4794 Título: REAL DECRETO 204/1996, DE 9 DE FEBRERO, SOBRE … Caza en propiedades privadas. WebMira el archivo gratuito Modificacion-al-articulo-15-fraccion-III-de-la-Ley-General-del-Equilibrio-Ecologico-y-la-Proteccion-al-Ambiente enviado al curso de Ciências Sociais Categoría: Trabajo - 9 - 113578586 43.5. Webel presidente de la republica considerando: quemedianteel decretoley n° 25977. se aprobo la ley general de pesca con el objeto de normar la actividad pesquera y acuicola y … WebREGLAMENTO A LA LEY DE PESCA Y DESARROLLO PESQUERO Decreto Ejecutivo 3198 Registro Oficial 690 de 24-oct.-2002 Ultima modificación: 19-feb.-2016 Estado: … Recibir o procesar en plantas de reaprovechamiento o de harina residual descartes o residuos que no sean tales. Productos hidrobiológicos.- Recursos sometidos a un proceso de preservación o transformación tales como: refrigerados, deshidratados, congelados, salados, marinados, ahumados, envasados, concentrados proteicos, harinas, aceites, u otros productos elaborados o preservados de origen hidrobiológico sanitariamente aptos para su consumo y derivados del empleo de tecnologías apropiadas. Que, el artículo 17 de la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977, señala que el Ministerio de Pesquería (hoy, Ministerio de la Producción), … … WebEl Código dedica su artículo 7 a la ordenación pesquera con un extenso contenido, en el que ha recomendado a los Estados que adopten un marco normativo, jurídico e institucional adecuado, que incluya medidas para la conservación y el uso sostenible a largo plazo de los recursos pesqueros. Y LA MINISTRA DE AMBIENTE Y ENERGÍA. NC 1307:2019 Gestión de la I+D ... Secretaría de Estado de Agricultura, Ganadería y Pesca, INTA–UNR; 1990. WebLas Web de ⭐️ LA PESCA ⭐️ Todo sobre este noble arte de pescadores, pesca deportiva, submarina, pesca comercial o industrial. 38.3 No está permitida la acumulación únicamente de saldos para la construcción o adquisición de embarcaciones pesqueras vía autorización de incremento de flota. El incumplimiento de las obligaciones referidas al Sistema de Seguimiento Satelital es sancionado de acuerdo a las normas legales vigentes. WebArtículo 33.- Resérvase a la pesca artesanal, el ejercicio de las actividades extractivas dentro de las siguientes áreas medidas desde las líneas base, que fije el Ministerio de … 43.3. Recibir o procesar macroalgas sin el correspondiente Certificado de Procedencia emitido por la autoridad competente. En la solicitud se indica el número de partida y oficina registral en la que se inscribió la personería jurídica de la organización social de pescadores, armadores y/o procesadores pesqueros artesanales, indicando además el número de asiento registral de inscripción de la junta o consejo directivo vigente. También informará a la citada autoridad, cuando corresponda, el levantamiento de las suspensiones. Incumplir las condiciones para operar las plantas de reaprovechamiento. Web64 BIS 1, 65, 66, 67, 74 y 76 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, 30, 32 Bis y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, he tenido a bien expedir el siguiente: REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE EN MATERIA DE … Reclutamiento.- Cantidad de individuos jóvenes de una misma clase anual o cohorte que ingresan o se incorporan a la fase explotable de una población. Modalidad de pago de derechos por permiso de pesca para embarcaciones de bandera extranjera. 37.3.3 El acto administrativo por cuyo mérito se autorice la transferencia de la autorización de incremento de flota se otorga con las mismas condiciones y especificaciones de la autorización original y no implica prórroga del plazo. 141.1 La cancelación de la concesión, autorización, licencia o permiso de pesca deja sin efecto legal los derechos otorgados para el desarrollo de las actividades pesqueras o acuícolas. INFRACCIONES RELACIONADAS A LA ACTIVIDAD EXTRACTIVA. las 24 horas del dia, los 365 dias del anio. 353; del 19 de ese mismo mes y año, se emitió a ley general de ordenación y promoción de pesca … Emisiones.- Fluido gaseoso, puro o con sustancias en suspensión producto de la actividad pesquera o acuícola, que se considera residuo. Web1º-Que la Ley Nº 7384, del 16 de marzo de 1994, publicada en La Gaceta Nº 62 del 29 de marzo de 1994, Ley de Creación del Instituto Costarricense de Pesca y Acuacultura (INCOPESCA), en su artículo 45 establece que: a- El sector pesquero adquirirá de RECOPE el combustible (gasolina y diesel), para la actividad de pesca no deportiva a … El Ministerio de Pesquería establecerá un régimen de abastecimiento permanente a la industria conservera, congeladora y de curados, con el cual se dará pleno cumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 21 de la Ley. Número de partida y asiento registral, así como la Oficina Registral en el cual conste la inscripción de la reelección o designación de nueva junta o consejo directivo. Las pesquerías o recursos hidrobiológicos que no se encuentren específicamente considerados en los reglamentos de ordenamiento pesquero, se regularán por las normas contenidas en el presente Reglamento y demás disposiciones que le fueren aplicables. Autoridades y … Web1modificado por el Reglamento (UE) núm. DE LAS NORMAS BASICAS . Extraer recursos hidrobiológicos sobrepasando el LMCE o cuota asignada, y el margen de tolerancia aprobado, que corresponde a la temporada o periodo de pesca. La solicitud tiene carácter de declaración jurada. Derechos por extracción de los recursos hidrobiológicos destinados métrica extraída al consumo humano directo 0.058% UIT/ton. WebAprueban el Reglamento de la Ley General de Pesca. 115.2 Los datos, reportes e información provenientes del Sistema de Seguimiento Satelital relativos a las embarcaciones pesqueras dedicadas a la extracción de recursos hidrobiológicos distintos a los referidos en el numeral precedente, podrán ser utilizados por asociaciones y gremios pesqueros constituidos de acuerdo a ley y que estén debidamente reconocidos ante el Ministerio de la Producción, y que así lo soliciten. 52.3 Caducidad de la autorización. La solicitud tiene carácter de declaración jurada. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN23047 Real Decreto 1047/2022, ... artículo 157 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, ... de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos). … 104.1 Los inspectores deberán ser profesionales especializados en el ámbito pesquero debidamente capacitados, los mismos que serán periódicamente evaluados, seleccionados y acreditados por la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia. 37.1.6 Si el interesado no acredita la ejecución total dentro del plazo otorgado, o de su ampliatoria, o esta ejecución es distinta a los términos aprobados, incurre en causal de caducidad de la autorización de incremento de flota, la cual se tramita bajo las reglas del debido procedimiento y se resuelve mediante acto administrativo. Nuevo León y establece disposiciones para lograr la adaptación al. El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. Utiliza artes de pesca menores y con predominio del trabajo manual. 16.4 El Ministerio de Pesquería podrá establecer regímenes de acceso a la extracción de estos recursos, así como los señalados en el artículo anterior basados en modalidades distintas a la prevista en el Artículo 11 de este Reglamento, que considere convenientes para promover su aprovechamiento. 49.1 Las personas naturales o jurídicas que se dediquen al procesamiento de recursos hidrobiológicos para consumo humano directo, indirecto o al uso industrial no alimenticio, requieren de autorización para la instalación de un establecimiento industrial pesquero o una planta de procesamiento, así como para el aumento de la capacidad de operación o traslado total o parcial de una planta de procesamiento pesquero, y de licencia para la operación de cada una de estas. WebDecreto Supremo Nº 012-2001-PE, Reglamento de la Ley General de Pesca Texto Refundido Texto Original (Diario Oficial El Peruano) Citas 45 Citado por Versiones 6 … 56.2 Los interesados solicitan, conforme a lo previsto en el artículo 124 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, el permiso o autorización correspondiente, precisando la implementación y cumplimiento de las buenas prácticas de manipuleo, acondicionamiento, transporte y conservación de los referidos recursos. Por Resolución Ministerial se dictan los lineamientos o medidas complementarias aplicables para la autorización de la referida actividad de colecta. Incluye asimismo, acciones de conservación de los recursos hidrobiológicos. No comunicar al Ministerio de la Producción, las fallas, averías, desperfectos o cualquier circunstancia que impida o afecte el funcionamiento del equipo del SISESAT instalado en la embarcación pesquera durante su permanencia en puerto, zarpe, faena de pesca y travesía, dentro de las veinticuatro (24) horas de producido el suceso; así como el ingreso de la embarcación pesquera a reparación o mantenimiento que implique la necesidad de desconectar el equipo del SISESAT. WebDecreto Supremo Nº 012-2001-PE ─ Reglamento de la Ley General de Pesca. Realizar descargas de los recursos o productos hidrobiológicos en lugares de desembarque no autorizados por la autoridad competente. La conformación, funciones, facultades de actuación de dicha Comisión y el procedimiento para la aprobación serán establecidos por Resolución Ministerial. En caso de incumplimiento la mencionada Dirección iniciará el procedimiento de caducidad de los permisos de pesca. Presentar o registrar información o documentación incorrecta al momento de la fiscalización o cuando sea exigible por la autoridad administrativa de acuerdo a la normatividad sobre la materia, o no contar con documentos o información física o electrónica, exigida por la normativa correspondiente, que acrediten el origen legal y la trazabilidad de los recursos o productos hidrobiológicos requeridos durante la fiscalización, o entregar o registrar deliberadamente información falsa u ocultar, destruir o alterar libros, registros, documentos que hayan sido requeridos por el Ministerio de la Producción, o por las empresas Certificadoras/Supervisoras, designadas por el Ministerio. En caso cuente con derecho de propiedad inscrito respecto del predio, indica en su solicitud el número de partida y la oficina registral correspondiente. 26.1 La importación y exportación de especies hidrobiológicas vivas con fines de investigación, recreación o difusión cultural, requerirá la autorización del Ministerio de Pesquería. Decreto Supremo Nº 001-94-PE ─ Reglamento de la Ley General de Pesca. Realizar actividades extractivas sin contar a bordo con el correspondiente equipo del sistema de seguimiento satelital, o tenerlo en estado inoperativo o no registrado en el Centro de Control del Sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT, para la flota pesquera que se encuentre obligada. Consultor ambiental.- Persona jurídica inscrita en el registro correspondiente del Ministerio de Pesquería autorizada a elaborar y suscribir Estudios de Impacto Ambiental, Declaraciones de Impacto Ambiental y Programas de Adecuación y Manejo Ambiental. Las disposiciones establecidas en los párrafos precedentes, son de aplicación para la ampliación del permiso de pesca para la extracción de los recursos plenamente explotados o en recuperación, para cuyo efecto debe sustituirse el total de la capacidad de bodega de la embarcación materia de la solicitud de ampliación del permiso de pesca. Asimismo, adjunta los requisitos previstos en el artículo 67 del presente Reglamento y señala el número de recibo de pago anticipado por concepto de derechos de pesca. Para tal efecto presenta lo siguiente: Solicitud firmada por el representante legal de la organización social, dirigida a la unidad de organización del Ministerio de la Producción responsable o la autoridad competente del Gobierno Regional correspondiente. El Reglamento (CEE) 1460/73, de la Comisión, de 16 de mayo, establece las normas de solicitud de reem-bolso de las ayudas concedidas por los Estados miem- 28-A.3.2 En el marco de la tramitación del otorgamiento o modificación del permiso de pesca, el Ministerio de la Producción realiza una inspección técnica para verificar el cumplimiento de las características y parámetros autorizados en el incremento de flota correspondiente. Cuarta. En caso de verificarse, en la señalada revisión semestral, el incumplimiento de uno o más pagos mensuales de los derechos de pesca, se suspenderá el permiso de pesca, quedando facultado el Ministerio de la Producción para el cobro del triple del valor impago. La solicitud tiene carácter de declaración jurada. Las prácticas incluyen la implementación o modificación en los equipos o tecnologías, cambios o reformulaciones en los procesos, productos o insumos, mejoras en el programa de mantenimiento, entrenamiento del personal y controles de inventarlo. Asimismo, corresponde al Ministerio de Pesquería velar por el cumplimiento de las normas referidas a la sanidad y calidad de los productos pesqueros, a la seguridad e higiene industrial pesquera y a la preservación del medio ambiente. Para efectos de aplicar la excepción establecida deberá presentar el armador pesquero su solicitud de autorización de incremento de flota para tener el acceso a los recursos anteriormente mencionados dentro de los cuarenta y cinco (45) días contados a partir del día siguiente de la notificación de la resolución que deje sin efecto el permiso de pesca correspondiente. Dicho porcentaje que financiará las actividades y/o proyectos referidos, incluye hasta un 25% del total de los recursos que se recauden por concepto de derechos de permisos de pesca para el consumo humano indirecto. INFRACCIONES RELACIONADAS AL PROCESAMIENTO. Disposición final primera. No imprimir en el reporte de pesaje las alertas o las modificaciones a los parámetros de calibración, según lo establecido en la normatividad sobre la materia. 71.2 El armador interesado presenta su solicitud, con una anticipación no menor a tres (03) días hábiles anteriores a la fecha prevista para el transbordo, a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), conforme a lo previsto en el artículo 124 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS. Recibir recursos o productos hidrobiológicos, o realizar actividades de procesamiento sin la licencia correspondiente o si esta se encuentra suspendida. Cuando no se mantengan las condiciones exigidas legalmente para la emisión de la Licencia de Operación. WebMateriales de aprendizaje gratuitos. LEY GENERAL DE PESCA (DECRETO LEY Nº 25977) LEY GENERAL DE PESCA . Extraer recursos hidrobiológicos con volúmenes que superen la tolerancia del 3% para embarcaciones con capacidad de bodega mayor a 50 metros cúbicos y 6% para embarcaciones con capacidad de bodega menor igual a 50 metros cúbicos de la capacidad de bodega autorizada en el permiso de pesca. Modificación del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo. 136.2 Cuando se trate de infracciones previstas en los reglamentos de ordenamiento pesquero de recursos hidrobiológicos y de acuicultura, se imponen las sanciones establecidas en los mismos, sin perjuicio de las que corresponden del presente Reglamento. Los armadores de embarcaciones pesqueras de bandera extranjera que operen en aguas jurisdiccionales peruanas deberán contratar un mínimo de treinta por ciento (30%) de tripulantes peruanos, sujetándose al cumplimiento de las disposiciones que les fueran aplicables conforme a la legislación nacional. El Reglamento (CEE) 1460/73, de la Comisión, de 16 de mayo, establece las normas de solicitud de reem-bolso de las ayudas concedidas por los Estados miem- Máximo rendimiento sostenible.- El equilibrio natural de la población de un recurso hidrobiológico que se alcanza cuando el stock (en peso) que se incrementa por el reclutamiento es compensado por las pérdidas causadas por la mortalidad. Toda mención que se haga en este Reglamento a la "Ley", debe entenderse referida a la Ley General de Pesca, aprobada mediante Decreto Ley Nº 25977 y sus modificatorias. Última versión 27dic2022 Vigencia del trámite Tipo de resolución:Certificado de Competencia 33.3 Para acreditar no haber incrementado la capacidad de bodega autorizada en su permiso de pesca y la condición de operación de sus embarcaciones los armadores pesqueros deberán presentar a la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, en el mes de enero de cada año, una declaración jurada de no haber incrementado la capacidad de bodega y copia del certificado de matrícula de la embarcación emitido por la Autoridad Marítima, con la refrenda vigente a la fecha de su presentación.

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