INTRODUCCION La naturaleza del proceso de otorgamiento de escritura p�blica IV.5. Personas Que Intervienen 4 IV.8.3. Solo los jueces superiores lo saben, porque la sentencia nada dice. WebMateria : Otorgamiento de escritura pública Vía procedimental : Proceso sumarísimo Sumario: I. Resumen del proceso II. Si el Juez advierte que no concurren tales requisitos, declarar� fundada la demanda de otorgamiento de escritura p�blica, sin pronunciarse sobre la resoluci�n extrajudicial del contrato. PORTADA 1 ESCRITO : Nº 01 Ob. FUENTES GUTIÉRREZ; persona esta que tiene su domicilio ubicado en la calle de Toluca Número 504, de la Colonia Sector Popular, en Toluca, Estado de México. 16. RAYMUNDO ALVAREZ FLORES, promoviendo por mi propio derecho señalo como domicilio para... 1500 Palabras | La declaraci�n de nulidad manifiesta: �potestad o deber judicial? 92. (iii) Hechos excluyentes: En estos casos tambi�n �se han producido los efectos de los hechos constitutivos, pero el demandado alega otros hechos, supuesto de la aplicaci�n de una norma que le permite excluir dichos efectos. Cabe se�alar, desde ya, que tanto la soluci�n que niega la posibilidad de realizar un control de validez y un control de eficacia del negocio jur�dico que se pretende formalizar, como aqu�lla que acepta tal posibilidad, cuentan con respaldo legal y jurisprudencial. As�, por un lado, encontramos, por ejemplo, la Casaci�n N� 4553-2013- Del Santa: �[...] 4.3. Proceso sumar�simo no es sin�nimo de proceso sumario. ; este Supremo Tribunal considera que, en aplicaci�n de la t�cnica del overruling que permite cambiar un precedente vinculante, corresponde modificar el citado precedente vinculante contenido en el punto 5.3. del Cuarto Pleno Casatorio Civil (Casaci�n 2195-2011-Ucayali) de fecha trece de agosto de dos mil doce, debi�ndose entender en lo sucesivo que: �Si en el tr�mite de un proceso de desalojo, el Juez advierte la invalidez absoluta y evidente del t�tulo posesorio, conforme lo prev� el art�culo 220� del C�digo Civil, previa promoci�n del contradictorio entre las partes, declarar� dicha situaci�n en la parte resolutiva de la sentencia y, adicionalmente, declarar� fundada o infundada la demanda de desalojo, dependiendo de cu�l de los t�tulos presentados por las partes es el que adolece de nulidad manifiesta�. Luego, si el comprador (demandante) peticiona la formalizaci�n del contrato sin haber cumplido su obligaci�n de pagar el precio, resulta leg�timo que el vendedor (demandado) suspenda el cumplimiento de aquella obligaci�n hasta que el comprador cumpla o garantice cumplir la obligaci�n que le corresponde. Considera que hay que diferenciar �cognici�n sumaria� de v�a sumaria. 6 Páginas. SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE QUE OTORGAN CARLOS HERNÀNDEZ CHÀVEZ Y ESPERANZA BAUTISTA VÀZQUEZ.---------- En las l�neas sucesivas deber� determinarse, entonces, si los ex�menes antes descritos pueden o no realizarse dentro del proceso (sumar�simo) de otorgamiento de escritura p�blica. Escrito N° : 01 Si todos los efectos del negocio jur�dico se encuentran sujetos a un plazo suspensivo que a�n no ha vencido, la demanda de otorgamiento de escritura p�blica ser� declarada improcedente por manifiesta falta de inter�s para obrar. Art�culo 2022 del C�digo Civil.-��Para oponer derechos reales sobre inmuebles a quienes tambi�n tienen derechos reales sobre los mismos, es preciso que el derecho que se opone est� inscrito con anterioridad al de aqu�l a quien se opone [�]�. FECHA DE OTORGAMIENTO: OTORGADA EN LA NOTARÍA ……………………………………… Las peculiaridades, singularidades o especialidades reclamadas por esas materias pueden ser de muy variado tipo. RAYMUNDO ALVARES FLORES I.- DEL DEMANDADO Y SU DIRECCIÓN DOMICILIARIA Si el Juez advierte que no concurren tales requisitos, declarar� fundada la demanda de otorgamiento de escritura p�blica, sin pronunciarse sobre la resoluci�n extrajudicial del contrato. LEGAL: La resoluci�n del contrato y el otorgamiento de escritura p�blica An�lisis del caso Decisi�n SENTENCIA DICTADA POR EL PLENO CASATORIO CIVIL REALIZADO POR LAS SALAS CIVILES PERMANENTE Y TRANSITORIA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REP�BLICA En la ciudad de Lima, Per�, a los 09 d�as del mes de agosto de 2016, los se�ores Jueces Supremos, reunidos en sesi�n de Pleno Casatorio, han expedido la siguiente sentencia, conforme a lo establecido en el art�culo 400 del C�digo Procesal Civil. Si es en beneficio del acreedor, �ste podr� exigir la ejecuci�n de la prestaci�n aun antes del vencimiento del plazo sin que el deudor pueda rehusarse y a su vez este �ltimo no podr� ejecutar la prestaci�n si el acreedor no lo acepta. Ob. 5 Páginas. 32. Se modifica el precedente vinculante contenido en el punto 5.3. del Cuarto Pleno Casatorio Civil (Casaci�n 2195-2011-Ucayali) de fecha trece de agosto de dos mil doce, debi�ndose entender en lo sucesivo que: Si en el tr�mite de un proceso de desalojo, el Juez advierte la invalidez absoluta y evidente del t�tulo posesorio, conforme lo prev� el art�culo 220� del C�digo Civil, previa promoci�n del contradictorio entre las partes, declarar� dicha situaci�n en la parte resolutiva de la sentencia y, adicionalmente, declarar� fundada o infundada la demanda de desalojo, dependiendo de cu�l de los t�tulos presentados por las partes es el que adolece de nulidad manifiesta. Ob. FIDENCIO HERNANDEZ CHAVERO cit., p. 594 Cfr. 94. cit., p. 183. As�: ROPPO, Vincenzo. 2-3. Ibid. ESCRITURA PÚBLICA 1.- Demanda: Art�culo 1550 del C�digo Civil.-��El bien debe ser entregado en el estado en que se encuentre en el momento de celebrarse el contrato, incluyendo sus accesorios�. 1421); el cual puede declarar nulo un contrato que haya sido aportado al juicio, incluso cuando no haya sido interpuesta por el interesado una demanda o una excepci�n en tal sentido. Id., pp. 7. A fojas 83, se emite la sentencia de primera instancia contenida en la resoluci�n n�mero ocho, de fecha treinta de diciembre de dos mil catorce, que declara improcedente la demanda. En el proceso sumar�simo de otorgamiento de escritura p�blica el control de validez del negocio jur�dico que se pretende formalizar se circunscribir� a la nulidad manifiesta del mismo, circunstancia que podr� ser advertida de oficio por el Juez. VS 36. Finalmente, el principio de doble instancia, en el inciso 6 del art�culo 138 de la Constituci�n Pol�tica del Estado: �Son principios y derechos de la funci�n jurisdiccional: [�] 6. 3. A) EL OTORGAMIENTO POR DEMANDA ANTE EL NOTARIO PUBLICO DE LA ESCRITURA A MI FAVOR RESPECTO DEL LOTE DE TERRENO Y CASA... 607 Palabras | 3 Páginas. JUICIO ORDINARIO CIVIL. 5. Dicho an�lisis le advertir� la presencia de los requisitos del acto jur�dico y los propios del contrato que se pretende formalizar. 1.4. Cuando se hace referencia a la claridad o falta de claridad del contrato, se entiende a �ste como texto, vale decir, como un conjunto de cl�usulas o estipulaciones. 2.- DOCUMENTAL, ciudad de Puebla. En similar sentido se ha dicho que �la obligaci�n de perfeccionar la transferencia de la propiedad impuesta por el art�culo 1549 del C�digo Civil, lejos de ser asimilada a la necessitas de completar dicha transferencia (o a la de producirla o a la de entregar el bien), debe ser asimilada a la necessitas de realizar todos los actos necesarios para otorgar oponibilidad a la propiedad transferida�133, y uno de esos actos, sin duda el principal, es el otorgamiento de escritura p�blica, presupuesto necesario para el acceso al Registro P�blico. ASUNTO: D E M A N D A. ARIANO DEHO, Eugenia. ROPPO, Vicenzo. Que, recurro por ante vuestro despacho con el objeto de interponer demanda de, obligaron los demandados en las cláusulas segunda, sexta, séptima y novena del documento que me sirve de base a la acción. LEGAL : 84. 40-44 RAM�REZ JIM�NEZ, Nelson. 6. La forma es, entonces, �la t�cnica de comunicaci�n social con la cual se manifiesta la voluntad�. a) El otorgamiento por el demandado ante el Notario Publico de la Escritura de Compraventa, respecto del inmueble ubicado en Andador Comalapa Numero 14 de... 1274 Palabras | a interponer Juicio Sumario Civil sobre cumplimiento de contrato y otorgamiento de escritura, en contra del (la)C.___quien puede ser emplazado en el domicilio calle_________núm._____de la Col.________ esta ciudad.de quien reclamo las siguientes prestaciones: 7. �La apreciaci�n de oficio de la nulidad contractual y de las cl�usulas abusivas�, Civitas, Navarra, 2011, pp. Reflexiones en torno a una sentencia en casaci�n, En: Di�logo con la jurisprudencia, N�mero 161, febrero, 2012, p. 59. cit., p. 293. OTORGAMIENTO Y FIRMA DE ESCRITURA El siguiente trabajo nos permite ver el trabajo de un Notario al momento de requerir sus servicios en este caso un instrumento, Buenas Tareas - Ensayos, trabajos finales y notas de libros premium y gratuitos | BuenasTareas.com. José Alejandro Ochoa López(*) PRESENTE. 1.5. AFECTACION A VIVIENDA FAMILIAR Y PATRIMONIO FAMILIAR De donde se tiene que se acoge el criterio seg�n el cual en un proceso de otorgamiento de escritura p�blica no es posible analizar la resoluci�n del contrato que se pretende formalizar, criterio que se sustenta en las siguientes razones: (i) el objeto litigioso en los procesos de otorgamiento de escritura p�blica consiste en determinar si resulta procedente o no formalizar un determinado acto; (ii) no se encuentra en discusi�n la resoluci�n del contrato, cuesti�n que deber� ventilarse en otro proceso. 4 Páginas. SÃrvase extender en su registro de escrituras públicas una de COMPRA-VENTA que celebran de una parte el Dr.â¦â¦â¦â¦â¦â¦â¦â¦â¦â¦â¦â¦â¦â¦â¦â¦â¦â¦â¦â¦â¦â¦â¦â¦â¦â¦â¦â¦â¦, Juez del Primer Juzgado Civil de la Corte Superior de la Provincia de Coronel Portillo; peruano, con Documento Nacional de Identidad N°â¦â¦â¦â¦â¦â¦â¦â¦â¦â¦â¦â¦â¦.., domiciliado en el Jirónâ¦â¦â¦â¦â¦â¦â¦â¦â¦â¦â¦â¦â¦â¦â¦â¦â¦.. N° â¦â¦â¦â¦.., del Distrito de â¦â¦â¦â¦â¦â¦â¦â¦â¦â¦â¦â¦., Provincia de... ...Expediente N° : NOMBRE... 1303 Palabras | cit., p. 564. HECHOS DE FONDO El proceso judicial es un instrumento de realizaci�n de los derechos materiales de los justiciables, quienes someten sus conflictos de intereses o incertidumbres con relevancia jur�dica, a la decisi�n de un Juez que representa al Estado, empero el uso de este instrumento no queda al arbitrio del Juez sino que �ste ha de respetar una serie de principios y derechos que en su conjunto conforman lo que conocemos como debido proceso. ELENA FLORES LAYZA, identificada con Documento Nacional de Identidad No. ROPPO, Vincenzo. La escritura p�blica y dem�s documentos otorgados ante o por notario p�blico, seg�n la ley de la materia [�]� Art�culo� 535 del C�digo Procesal Civil.-��La demanda de tercer�a no ser� admitida si no re�ne los requisitos del Art�culo 424 y, adem�s, si el demandante no prueba su derecho con documento p�blico o privado de fecha cierta, en su defecto, si no da garant�a suficiente a criterio del Juez para responder por los da�os y perjuicios que la tercer�a pudiera irrogar�. Carne 200119196 Finalmente, para Fort Ninamancco, a la luz del principio de conservaci�n del negocio jur�dico se debe realizar una interpretaci�n restrictiva de la segunda parte del art�culo 220 del C�digo Civil, por lo que la �nulidad manifiesta� no puede estar referida a todas las causales sino solamente a una, aqu�lla cuya presencia resulta m�s patente entre todas las causales de nulidad: �Hay, pues, que considerar �nicamente a la causal de nulidad que menos an�lisis probatorio requiere para su comprobaci�n y cuya presencia en un caso concreto admite menos margen de discusi�n�, esa causal �para el citado autor- ser�a �la ausencia de formalidad ad probationem. PRESENTE: B. Chapa 575 Norte de la Zona Centro; entre calles Pedro J. Méndez y Francisco I. Madero, con Código Postal Numero 88500, ante Usted respetuosamente comparezco para exponer:-... obligaron los demandados en las cláusulas segunda, sexta, séptima y novena del documento que me sirve de base a la acción. ESCRITO: Nº 01 La calificaci�n de los medios probatorios y las excepciones procesales relativas a la nulidad manifiesta ser�n resueltas en la audiencia �nica o -en caso de que �sta haya sido suspendida, justamente, con ocasi�n de que durante su realizaci�n el Juez advirti� una posible nulidad manifiesta en el negocio jur�dico que se pretende formalizar y promovi� el contradictorio- en la continuaci�n de la Audiencia �nica. Art�culo 1470 del C�digo Civil.-��Se puede prometer la obligaci�n o el hecho de un tercero, con cargo de que el promitente quede obligado a indemnizar al otro contratante si el tercero no asume la obligaci�n o no cumple el hecho prometido, respectivamente�. ANGEL ARREVILLAGA GONZALEZ. IV.6.2. La �nica restricci�n que deber� observar ser� la de mantenerse en el campo estricto de la ilicitud aparente: no podr�, por consiguiente, llevar el an�lisis m�s all� del contenido del acto jur�dico, no tendr� derecho a aventurarse en la investigaci�n de circunstancias exteriores del acto, ni a inquirir en el dominio de la intenci�n de las partes. 1.2. VIDAL RAM�REZ, Fernando. cit., p. 885 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REP�BLICA IX PLENO CASATORIO CIVIL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REP�BLICA IX PLENO CASATORIO CIVIL DIEZ-PICAZO GIM�NEZ, Ignacio. La resoluci�n por incumplimiento tiene como presupuestos: (i) un contrato con prestaciones rec�procas; (ii) un incumplimiento importante; (iii) la ausencia de circunstancias que justifiquen el incumplimiento; y (iv) la legitimaci�n para resolver el contrato. Cierto es que en el presente caso se ha concedido el recurso de casaci�n por infracci�n de normas de car�cter material (art�culos 1549 y 1412 del C�digo Civil), empero, tambi�n es cierto que no se puede soslayar la evidente vulneraci�n del derecho de defensa tanto de la parte demandante (al no hab�rsele dado la oportunidad de plantear argumentos y aportar medios probatorios relativos a las causales de nulidad por las que finalmente se desestim� su demanda), como de uno de los codemandados (al no hab�rsele notificado con arreglo a ley los actos del proceso), m�s a�n si la situaci�n de indefensi�n de las referidas partes se ha debido a la negligencia del propio �rgano jurisdiccional (que no promovi� el contradictorio y que no verific� que los actos de notificaci�n hayan sido regulares), siendo deber de este Supremo Tribunal, como de todo �rgano jurisdiccional, el garantizar el pleno respeto de los principios y garant�as procesales, por lo que, en forma excepcional, corresponde amparar el recurso de casaci�n por las causales de infracci�n normativa de los incisos 3 y 14 del art�culo 139 de la Constituci�n Pol�tica del Per�, al encontrarse comprometida la validez del presente proceso como consecuencia de la vulneraci�n del derecho al debido proceso y, espec�ficamente, del derecho de defensa, tanto de la parte demandante, como de uno de los codemandados, situaci�n que conlleva a una nulidad insubsanable, resultando de aplicaci�n lo dispuesto en los precitados art�culos 171 y 176 del C�digo Procesal Civil, careciendo de objeto, por ahora, emitir pronunciamiento sobre una posible afectaci�n de las normas de car�cter material (art�culos 1549 y 1412 del C�digo Civil). Pues bien, como se ha visto en el planteamiento del problema, es esta �ltima caracter�stica del proceso de otorgamiento de escritura p�blica la que se invoca a fin de descartar cualquier posibilidad de control de validez del negocio jur�dico que se pretende formalizar, por lo que resulta necesario realizar algunas precisiones en torno a la naturaleza del proceso sumar�simo. Si el Juez considera que el negocio jur�dico que se pretende formalizar no es manifiestamente nulo, expresara las razones de ello en la parte considerativa de la sentencia y en la parte resolutiva �nicamente se pronunciara sobre la pretensi�n de otorgamiento de escritura publica. ROSA 28 Páginas. por mi propio derecho, Señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones el ubicado en los estrados de este H. Juzgado, y autorizando para tales efectos así como para recibir toda clase de documentos a los Lics., con el... 1593 Palabras | ESP. Trujillo.- Respecto a esta �ltima posibilidad es usual encontrar que las partes han convenido que la obligaci�n de elevar a escritura p�blica el contrato, que tiene a su cargo una parte, se ejecutar� una vez que la otra parte haya ejecutado una contraprestaci�n a su cargo (por ejemplo, se supedita la obligaci�n de elevar a escritura p�blica el contrato, que tiene a su cargo el vendedor, al hecho de que el comprador pague el precio de venta o una parte del mismo). Justificación del Pleno Casatorio y delimitación de la ⦠D�cimo Tercero.- sin embargo, dicha norma es impertinente para dirimir la litis, pues como se ha referido precedentemente el tema decidendum de la presente litis consiste en determinar si resulta procedente o no formalizar el acto constituido, consistente en la compraventa del bien sub litis a que se refiere la instrumental de fojas cuatro y siguiente. a).- El otorgamiento ante Notario Público de la escritura pública de propiedad, respecto del Lote de Terreno 1 de la Manzana Tres y vivienda en él construida, marcada con el número 100 de la calle Neptuno del fraccionamiento Capricornio de esta ciudad, con la superficie, medidas, colindancias y datos registrales que más adelante señalaré. El objeto de la escritura es de que cuando el notario redacte el instrumento, deberá averiguar los fines prácticos y jurídicos de los otorgantes se proponen alcanzar con sus declaraciones; para que queden fielmente expresados... 1317 Palabras | En nuestro sistema jur�dico la resoluci�n por incumplimiento puede ser judicial o de derecho, es decir, extrajudicial. DISTRITO JUDICIAL 4. En efecto, trat�ndose de un bien inmueble, la transferencia de la propiedad se producir� con el solo acuerdo entre las partes sobre el bien y el precio, salvo disposici�n legal diferente o pacto en contrario (interpretaci�n sistem�tica de los art�culos 949 y 1529 del C�digo Civil), mientras que trat�ndose de un bien mueble, s� se genera una obligaci�n de transferir la propiedad que se ejecutar� con la entrega del bien (interpretaci�n sistem�tica de los art�culos 947 y 1529 del C�digo Civil). por ende, el juez tiene ⦠MARCOS GONZ�LES, Mar�a. 7. INTRODUCCIÓN P R E S E N T E. Cabe precisar que el hecho de que se haya observado la necesidad de promover el contradictorio entre las partes, sin haber emitido ning�n juicio sobre la configurabilidad o no de la nulidad manifiesta que han apreciado las instancias de m�rito, no puede llevar a considerar que este Supremo Tribunal coincide con la posici�n adoptada en tales instancias, pues, lo cierto es que al no haberse respetado las garant�as procesales en cuesti�n, no puede a�n emitirse un pronunciamiento sobre el fondo de la controversia, lo que se har�, de ser el caso, en su oportunidad. IV.8. PREDIO URBANO UBICADO EN EL MUNICIPIO DE PLATO MAGDALENA URBANIZACIÓN FREDONIA… OTORGANTES: ROBINSON ELOY MARTINEZ Ob. JOSÉ GUADALUPE GONZÁLEZ VARGAS El juez no acciona en el sentido de interponer una demanda para que se declare la nulidad, sino que cuando en ejercicio de sus funciones jurisdiccionales conozca de los hechos que la provocan, puede e incluso debe declararla de oficio, pues le est� vedado permanecer impasible, por ejemplo, frente a un acto il�cito o contrario a las normas imperativas o a las buenas costumbres�. Dentro del control de eficacia (o exigibilidad) en los procesos de otorgamiento de escritura p�blica, es posible analizar la presencia de un plazo suspensivo o la de un plazo de cumplimiento en el programa contractual, situaciones que incluso pueden ser apreciadas de oficio por el Juez. Ob. Art�culo 144 del C�digo Civil.- �Cuando la ley impone una forma y no sanciona con nulidad su inobservancia, constituye s�lo un medio de prueba de la existencia del acto�. Los procesos seg�n su funci�n pueden ser de tres tipos: proceso declarativo, proceso de ejecuci�n y proceso cautelar. 6 Páginas. EXPEDIENTE : 1998-27546-0-0100-J-CI-9 Siendo el caso que es posible demandar el otorgamiento de escritura pública en la vía ejecutiva, estamos en desacuerdo con la sentencia materia de comentario pues no explica de manera clara por qué en este caso es improcedente la demanda que se presentó ante esta vía. OTORGAMIENTO Y FIRMA DE El t�rmino contrato es uno polis�mico en tanto no presenta un �nico significado sino m�s bien varias acepciones. La nulidad busca tutelar intereses generales, �valores fundamentales, colectivos e irrenunciables que un sistema jur�dico preestablece (aunque sea impl�citamente) y que podr�amos calificar como trascendentes de la esfera individual [�] la nulidad est� fuera del �mbito dispositivo de las partes, es de orden p�blico�, es esto lo que explica que el legislador haya previsto, en el precitado art�culo 220 del C�digo Civil, la posibilidad de que el Juez aprecie de oficio la nulidad -es decir, aun cuando la parte demandada en el proceso judicial no la haya alegado- y funde en dicha apreciaci�n su decisi�n. Todos en su calidad de socios de la “NOMBRE DE SU SOCIEDAD” Don NOMBRE REPRESENTANTE LEGAL en representación de la sociedad NOMBRE EMPRESA todos los comparecientes mayores de edad, quienes acreditaron su identidad con las células ya anotadas, por si y en representación que invisten, y exponen que vienen en celebrar el presente contrato de sociedad Es decir, parece que se motiva, pero no es así, hay solo una apariencia de motivación. Vista que fue la causa en Audiencia P�blica del Pleno Casatorio de fecha 08 de junio de 2016, o�das que fueron las exposiciones de los se�ores abogados invitados en calidad de amicus curiae (Amigos del Tribunal), discutida y deliberada que fue la causa, siendo la magistrada ponente la se�ora Jueza Suprema Janet Tello Gilardi, de los actuados resulta: Resumen del proceso 1. 4. 4. 160 Art�culo 1429 del C�digo Civil: �En el caso del art�culo 1428 la parte que se perjudica con el incumplimiento de la otra puede requerirla mediante carta por v�a notarial para que satisfaga su prestaci�n, dentro de un plazo no menor de quince d�as, bajo apercibimiento de que, en caso contrario, el contrato queda resuelto. EN _________, ESTADO DE MEXICO. Escritura publica ... JUICIO ORDINARIO CIVIL. b. Como consecuencia de lo anterior, el otorgamiento y firma en escritura pública del contrato privado de compraventa a que se ha hecho referencia en el apartado anterior, ante la fe del Notario Público Lic. As�, por ejemplo, en el caso del contrato de compraventa tenemos que el comprador asume la obligaci�n de pagar el precio de venta (art�culo 1558 del C�digo Civil), mientras que el vendedor asume, entre otras, la obligaci�n de perfeccionar la transferencia de la propiedad que -como hemos visto- se traduce en la realizaci�n de aquellos actos dirigidos a que el derecho transferido obtenga mayor oponibilidad, entre los cuales encontramos el otorgamiento de escritura p�blica. La excepci�n de incumplimiento constituye, entonces, un instrumento que resulta id�neo �para contrarrestar las acciones de cumplimiento, de ejecuci�n en forma espec�fica, de resoluci�n del contrato, y m�s en general de toda acci�n que el otro contratante pueda realizar contra el excepcionante sobre el presupuesto de su incumplimiento�151. No obstante, este Supremo Tribunal considera necesario recordar que por encima de cualquier an�lisis posterior, corresponde evaluar si la decisi�n jurisdiccional cuestionada se ha emitido respetando las garant�as m�nimas que informan el debido proceso. 5 Páginas. Asimismo, se debe considerar que un negocio inv�lido, en principio, no desencadenar� sus efectos, pero no siempre ser� as�, como sucede, por ejemplo, con el negocio anulable el cual produce efectos precarios que podr�an tornarse en definitivos por convalidaci�n o por prescripci�n extintiva de la acci�n de anulaci�n. Ob. 2.- Contestación de la demanda: Clasificación Del Contenido Del Instrumento 4 ESCRITO INICIAL DE DEMANDA La condici�n suspensiva, el plazo suspensivo y el otorgamiento de escritura p�blica. Especialista : IV.6. C�digo Civil comentado, Gaceta Jur�dica, Lima, 2003, p. 932; LAMA MORE, H�ctor Enrique. cit., pp. 88. - 82. En los casos de resoluci�n judicial del contrato, si el demandado acredita la existencia de un pronunciamiento judicial firme que, con anterioridad, ha declarado la resoluci�n (o la rescisi�n) del contrato que se pretende formalizar, la demanda ser� declarada infundada. ESCRITO: Nº 01 A) El, del Código de Procedimientos Civiles, vengo a demandar al Sr. ENRIQUE TORRES SANDOVAL quien tiene su domicilio en Andador Comalapa Número 14, Colonia Cerro de Guadalupe de esta Ciudad, las siguientes prestaciones: EXPEDIENTE N° 1098-2008 Control de validez del acto que se pretende elevar a escritura p�blica IV.6.1. Juicio: Sumario Civil sobre Otorgamiento de Escritura. La competencia del escribano público es el distrito en que le corresponde actuar, que figura en el decreto donde consta su designación, y la material,... 1250 Palabras | Puede discutirse la validez del contrato, LECTURAS RECOMENDADAS PRACTICA PRE PROFESIONAL II UCP, El Trámite de la Prueba Anticipada en el Proceso Civil, PROCESO DE OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PÚBLICA, SEMINARIO TALLER DERECHO PROCESAL CIVIL UCP, Poder Judicial reconoce a trabajadores de la Corte Superior de Justicia de Loreto. 2. Id. El... OTRA. Desviaci�n del criterio general de la Ley Rituaria civil, que se considera necesaria, en obediencia a los principios generales de nuestro Derecho; porque ser�a inadmisible que el juez hubiere de ordenar, por deficiencias o rebeld�as de la parte demandada, el cumplimiento de una obligaci�n imposible, il�cita, manifiestamente inmoral o contra�da por un ni�o�. 20. DE Lo contrario de un proceso sumario es un proceso plenario�60. CARIOTA FERRARA, Luigi. cit., p. 138 DIEZ-PICAZO GIM�NEZ, Ignacio. cit., p. 932. [BANCO RTB] Al C. Juez Primero de Primera Instancia del Ramo Civil en Turno.- Ob. ), por concepto de pena convencional pactada por las partes en la cláusula octava del instrumento base de la acción y por el incumplimiento de los demandados a otorgarme las escrituras relativas... 1257 Palabras | DISTRITO JUDICIAL El otorgamiento de escritura pública es entendido por la jurisprudencia como un deber de las partes de perfeccionar el contrato. Es todo documento matriz incorporado al protocolo notarial, autorizado por el Notario que contiene uno o más actos jurídicos. �Teor�a General del Contrato�, Tomo I, Primera edici�n, Pac�fico Editores, Lima, p. 568. sutanito JUICIO: ORDINARIO CIVIL CHAVEZ ORMEÑO, JONATHAN EBERLYN, con DNI Nº 45415488, con domicilio real en el Proyecto Integral Daniel Alcides Carrión, Mz A2, Lote 2, Asentamiento Humano Daniel Alcides Carrión, sector A y C del Distrito de Los Olivos, señalando domicilio procesal en Jirón Sinchi Roca Nº 7391, Urb. IV.8.2. MES P R E S T A C I O N E S Noveno: que en consecuencia, se ha incurrido en inaplicaci�n de lo preceptuado en el art�culo 1426 del c�digo civil, as� como de los art�culos 1529 y 1558 del mismo c�digo respecto de la obligaci�n del comprador de pagar el precio del bien no resultando procedente la demanda de otorgamiento de escritura p�blica formulada por el actor, quien no ha cumplido con su obligaci�n o con parte sustantiva de la misma que lo legitime para solicitar de su contraparte el perfeccionamiento de la transferencia [...]�. Por tanto, nada impide que se discuta a su interior sobre la validez del acto. CIUDADANO JUEZ DE LO CIVIL EN TURNO DE LOS DE ESTA CIUDAD. 4 Páginas. Esta decisi�n fue confirmada por la sentencia de vista contenida en la resoluci�n n�mero veinte, de fecha dos de octubre de dos mil quince. ESCRITURA PUBLICA. �Istituzioni di Diritto Privato�, Terza edizione, Giuffr�, Milano, 1977, p. 242; GAZZONI, Francesco. A trav�s de un proceso sumario, lo que el legislador pretende es brindar al demandante, caso de que la demanda sea estimada, una tutela jurisdiccional provisional o interna (aunque, de hecho, la misma pueda ser indefinida). TERCERO.- DISPUSIERON LA PUBLICACI�N de la presente sentencia en el Diario Oficial �El Peruano� y en la p�gina web del Poder Judicial, teniendo efectos vinculantes para todos los �rganos jurisdiccionales de la Rep�blica a partir del d�a siguiente de su publicaci�n. La condici�n resolutoria il�cita y la f�sica o jur�dicamente imposible se consideran no puestas�. La buena fe del tercero se presume mientras no se pruebe que conoc�a la inexactitud del registro�. ... 1094 Palabras | El cumplimiento total o parcial de las condiciones de las cuales dependan los efectos de los actos o contratos registrados�, y en el primer p�rrafo del art�culo173 del citado cuerpo normativo de acuerdo con el cual: �Pendiente la condici�n suspensiva, el adquirente puede realizar actos conservatorios�. Diritto Civile. ÍNDICE El mensaje es claro: Ante el silencio de la ley, las partes tienen plena libertad de escoger cualquier t�cnica de comunicaci�n para exteriorizar su voluntad contractual. Comparecen: NOMBRE DE LOS INTEGRANTES DEMANDA DE OTORGAMIENTO Y FIRMA DE ESCRITURA PÚBLICA �Manuale di diritto privato�, VII edizione aggiornata, Edizioni Scientifiche Italiane, Napoli, 1998, p. 859. Control de eficacia del acto que se pretende elevar a escritura p�blica IV.8.1. Tema: Escritura Pública 220 CC, En: Problemas del Proceso Civil, Jurista Editores, 2003, pp. Por lo tanto, el Juez en su calidad de director del proceso debe velar por la observancia del debido proceso, la tutela jurisdiccional y el derecho de defensa de las partes que, como derechos fundamentales, aparecen consagrados en los incisos 3 y 14 del art�culo 139 de la Constituci�n Pol�tica del Per�:�Son principios y derechos de la funci�n jurisdiccional: [...] 3. El contrato y sus efectos IV.2. 3 Páginas. Art�culo 1093 del C�digo Civil: �La renta del inmueble se aplica al pago de los intereses y gastos, y el saldo al capital�. �Derecho Procesal Civil�, �Serie Cl�sicos del Derecho Procesal Civil�, Vol. SEÑOR JUEZ A CARGO DEL JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE LIMA ESTE. --------------, PROMOVIENDO POR MI PROPIO DERECHO Y CON DOMICILIO DE RECIDENCIA EL UBICADO EN ----------------------, Y DESIGNANDO COMO A MIS ABOGADOS PATRONOS A LOS -------------------, QUIENES CUENTAN CON TITULO PROFESIONAL QUE LES ACREDITA COMO ABOGADOS DEBIDAMENTE REGISTRADO ANTE EL HONAREBLE TRIBUNAL DE JUSTICIA EN EL ESTADO BAJO LA PARTIDA---------------... ORDINARIO CIVIL Como se ha visto, la condici�n suspensiva puede determinar que el contrato no produzca ninguno de sus efectos o solamente alguno de ellos como podr�a ser la obligaci�n de elevar a escritura p�blica el contrato. Si la conformidad del cedido hubiera sido prestada previamente al acuerdo entre cedente y cesionario, el contrato s�lo tendr� efectos desde que dicho acuerdo haya sido comunicado al cedido por escrito de fecha cierta�. MADERA Y EURIPIDES JOSE MEDINA MONTES…...…………………………….. MONROY G�LVEZ, Juan. El acuerdo tiene siempre necesidad de un medio a trav�s del cual pueda exteriorizarse. En Santiago de Chile, a catorce de diciembre del dos mil diez, ante mí, Eduardo Diez Morello, Notario, CUATRO).-------------------------------------------------------------------------------- En cambio, los otorgantes del acto jur�dico no pueden dejar sin efecto una solemnidad impuesta por la ley bajo sanci�n de nulidad, pero s� pueden dejar sin efecto una solemnidad impuesta por ellos�. ARIAS-SCHEREIBER PEZET, Max. Casos espec�ficos sobre otorgamiento de escritura p�blica IV.7.1. Debe tenerse en cuenta que el sumar�simo es tan plenario como un proceso de conocimiento amplio. �Atlas de Derecho Privado Comparado�, Fondo Cultural del Notariado, Madrid, 2000, p. 45. Y � : JUICIO: OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PUBLICA DE Por consiguiente el Juez debe evaluar la validez del acto, sin que sea �bice que el proceso de otorgamiento sea en la v�a sumar�sima. ESCRITO INICIAL DE DEMANDA. MATERIA : OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PÙBLICA 3. Pero �ste no es el �nico control que puede realizar el Juez, quien podr�, adem�s, realizar un control de eficacia del negocio jur�dico o, en otras palabras, deber� verificar que la obligaci�n de formalizar el contrato resulte exigible, pues el resultado de este control determinar� el amparo o rechazo de la pretensi�n de otorgamiento de escritura p�blica. Pues bien, en el considerando tercero la Sala Civil dice que se trata de un proceso de ejecución de obligación de hacer; en el cuarto considerando cita una sentencia casatoria que repite lo establecido en el artículo 1412 del Código Civil; y en el quinto concluye que la demanda es improcedente. Art�culo 1551 del C�digo Civil.-��El vendedor debe entregar los documentos y t�tulos relativos a la propiedad o al uso del bien vendido, salvo pacto distinto�. B. Chapa 575 Norte de la Zona Centro; entre calles Pedro J. Méndez y Francisco I. Madero, con Código Postal Numero 88500, ante Usted respetuosamente comparezco para exponer:-... 1115 Palabras | No exista conexión lógica entre los hechos y el petitorio. Por este principio se entiende que las facultades de iniciar el proceso judicial y de fijar los extremos de la controversia, no le corresponden al Poder Estatal sino a los particulares. ESTRUCTURA DE LA, DIA El proceso de calificaci�n del acto jur�dico IV.6. CONCEPTO DE ECRITURAS PÚBLICAS El contrato, en tanto negocio jur�dico, es un instrumento de ejercicio de la autonom�a privada, es decir, un instrumento por medio del cual las partes establecer�n las reglas que permitir�n la satisfacci�n de sus intereses, pero hay que precisar que el �nico g�nero de relaciones sobre las cuales el contrato incide (constituy�ndolas, regul�ndolas, extingui�ndolas), es el de las relaciones jur�dicas patrimoniales. BETTI, Emilio. Ob. El otorgamiento de escritura pública puede demandarse en la vía del proceso sumarísimo o del proceso ejecutivo; en el primer caso se puede demandar en mérito de un documento o contrato privado; en cambio, en el segundo caso solamente puede realizarse mediante un título ejecutivo que contenga una obligación de hacer. ¿Y los motivos? Para este Supremo Tribunal la nulidad manifiesta es aquella que resulta evidente, patente, inmediatamente perceptible, en suma, aquella que resulta f�cil de detectar sea que se desprenda del acto mismo o del examen de alg�n otro elemento de prueba incorporado al proceso. INDICE 2 6 Páginas. ESTADO DE MEXICO. Por otro lado, en nuestro sistema jur�dico, respecto a la forma en que el Juez debe ejercer el poder que le confiere el art�culo 220 del C�digo Civil, en el Cuarto Pleno Casatorio Civil (Casaci�n 2195-2011-Ucayali) de fecha trece de agosto de dos mil doce, se ha establecido como precedente vinculante (5.3.) IV.4. MONROY G�LVEZ, Juan. Precisamente esta variaci�n determina la existencia de distintas clases de procesos de conocimiento. Dentro del control de eficacia (o exigibilidad) en los procesos de otorgamiento de escritura p�blica, es posible analizar la presencia de una condici�n suspensiva en el programa contractual, siempre que la parte demandada alegue la falta de verificaci�n del evento futuro e incierto puesto como condici�n. Las otras causales, en cambio, requieren mayores elementos probatorios para su determinaci�n, o su presencia, en un caso concreto, admite amplios m�rgenes de controversia derivada de las diferentes interpretaciones que se pueden dar de la realidad f�ctica o jur�dica. El contrato en general, Segunda Parte - Tomo IV, Volumen XV, En: Para leer el C�digo Civil, Fondo Editorial PUCP, Lima, 1996, pp. 5 Páginas. As�: BETTI, Emilio. Anotación de demanda de otorgamiento de escritura pública cit., p. 62-63. 10. Debe determinarse si el referido control de legalidad del contrato que se pretende formalizar puede practicarse aun cuando la parte demandada se encuentre en situaci�n de rebeld�a o aun cuando la parte demandada no alegue la ilegalidad del contrato al contestar la demanda; en buena cuenta, debe determinarse si la presencia de patolog�as manifiestas en el contrato que se pretende formalizar posibilita un �subsidio del sistema judicial por una deficiencia en la defensa de una de las partes�. El otorgamiento de escritura pública es entendido por la jurisprudencia como un deber de las partes de perfeccionar el contrato. Se proceder� del mismo modo cuando el incumplimiento se invoque como argumento de defensa. OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PÚBLICA La condici�n y el plazo son mecanismos o instrumentos de autonom�a privada, es decir, de ese poder que le permite a los sujetos regular sus propios intereses141: instrumentos que las partes pueden insertar o no en el programa contractual y que, si lo hacen, influir�n sobre los efectos del contrato de manera conforme a los planes y a los intereses de aquellas142. ), as� como con el principio sobre disponibilidad de las pruebas (art. I.- Identificación de los hechos relevantes de fondo: SEÃOR JUEZ ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE LIMA NORTE (CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NORTE) C. JUEZ DE LO CIVIL, EN TURNO CON A CONTRATO DE EMISIÓN DE BONOS POR LINEA DE TÍTULOS DE DEUDA En buena cuenta, lo que plantea la citada doctrina es que el juez puede, de oficio, apreciar la nulidad manifiesta de un negocio jur�dico y fundar su decisi�n sobre �sta, mas tal apreciaci�n �nicamente puede realizarse en la parte considerativa de la sentencia sin que sea posible emitir pronunciamiento sobre la nulidad manifiesta en la parte resolutiva de la sentencia. SUMILLA: INTERPONE DEMANDA DE OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PÃBLICA. Los procesos ordinarios son aquellos que la ley establece �para que sirvan de cauce a la tutela jurisdiccional de la generalidad de las acciones. 33. Art�culo 1428 del C�digo Civil: �En los contratos con prestaciones rec�procas, cuando alguna de las partes falta al cumplimiento de su prestaci�n, la otra parte puede solicitar el cumplimiento o la resoluci�n del contrato y, en uno u otro caso, la indemnizaci�n de da�os y perjuicios. �Teor�a general del negocio jur�dico�, Traducci�n y concordancias con el derecho espa�ol por A. MART�N P�REZ, Editorial Comares, Granada, 2000, p. 110. Pues bien, en caso de advertirse el ejercicio leg�timo de una excepci�n de incumplimiento, la demanda ser� declarada improcedente por manifiesta falta de inter�s para obrar (art�culo 427.2 del C�digo Procesal Civil). VENTA DE POSESION - 21. 1139�. Nos interesa detenernos en el primero, es decir, en el plazo suspensivo, y precisar una ulterior diferencia: entre plazo del negocio jur�dico y plazo de cumplimiento (o plazo de la obligaci�n). De donde se tiene que se acoge el criterio seg�n el cual en un proceso de otorgamiento de escritura p�blica no se puede discutir la excepci�n de incumplimiento, criterio que se sustenta en las siguientes razones: (i) En los procesos de otorgamiento de escritura p�blica s�lo se busca dotar a un determinado acto de las garant�as de seguridad necesarias para el tr�fico jur�dico y que pueda ser oponible a terceros; (ii) determinar si la parte ha cumplido con el pago del precio de venta, carece de relevancia f�ctica y jur�dica para resolver la pretensi�n propuesta; (iii) la parte que se considera perjudicada con el acto jur�dico del que emana la obligaci�n de formalizaci�n, lo deber� cuestionar v�a acci�n, en otro proceso. GAZZONI, Francesco. Duod�cimo.- El numeral 1430 del C�digo Sustantivo antes mencionado, se�ala que �puede convenirse expresamente que el contrato se resuelva cuando una de las partes no cumple determinada prestaci�n a su cargo, establecida con toda precisi�n. Y ...DEMANDA DE OTORGAMIENTO Y FIRMA DE ESCRITURA PÃBLICA 1.4. I.- PETITORIO cit., p. 219, TRIMARCHI, Pietro. En efecto, la soluci�n que niega la posibilidad de efectuar los referidos controles, adem�s de ser la postura mayoritaria a nivel jurisprudencial, encuentra sustento en una interpretaci�n literal del art�culo 1412 del C�digo Civil que supedita la formalizaci�n del contrato �nicamente al mandato de ley o al convenio de las partes y al hecho de que la forma a la cual se va mutar no sea una forma solemne, mas no al an�lisis de los requisitos de validez del contrato, a diferencia, de lo que sucede, por ejemplo, con el art�culo 1279 del C�digo Civil espa�ol que expresamente se�ala: �Si la ley exigiere el otorgamiento de escritura u otra forma especial para hacer efectivas las obligaciones propias de un contrato, los contratantes podr�n compelerse rec�procamente a llenar aquella forma desde que hubiese intervenido el consentimiento y dem�s requisitos necesarios para su validez� [el resaltado es nuestro]; asimismo, si bien los controles de validez y eficacia no se realizaban dentro del proceso mismo sobre otorgamiento de escritura p�blica, siempre quedaba abierta la posibilidad de que dichos controles sean requeridos, por la parte interesada, v�a de acci�n y en procesos m�s latos. La irregularidad en las notificaciones al codemandado �ngel Gabriel Collantes Arimuya, se hace tanto m�s manifiesta si tomamos en cuenta las siguientes circunstancias: (i) las divergencias que se advierten respecto de las caracter�sticas del inmueble en el que se habr�an practicado las notificaciones y que aparecen consignadas en los cargos de notificaci�n (v�ase: cargos corrientes a fojas 47 vuelta, 64 vuelta, 71 vuelta, 82 vuelta, 113 vuelta y 117 vuelta); (ii) la forma en que se provey� el escrito de devoluci�n de c�dulas de notificaci�n presentado por el se�or Arnulfo Ren�n L�pez Coras, en donde, adem�s, solicit� que se dejen de practicar notificaciones en su direcci�n; pues, por medio de la resoluci�n n�mero doce, de fecha trece de abril de dos mil quince, corriente a fojas 145, se dispuso: �No ha lugar a lo solicitado�, por haber sido presentado el referido escrito por un sujeto que no es parte en el proceso; cuando lo que correspond�a era corr�rsele traslado a la parte demandante para que absuelva lo concerniente a dicha devoluci�n; (iii) no obra en autos cargo de notificaci�n dirigida al codemandado �ngel Gabriel Collantes Arimuya, conteniendo la sentencia de vista, de fecha dos de octubre de dos mil quince, corriente de fojas 208 a 211; solo se advierten los cargos de notificaci�n del referido acto procesal dirigido a los codemandantes (v�ase: cargos de fojas 215 y 216) y a la codemandada Rosa Estrella Re�tegui Mar�n, esta �ltima notificaci�n se practic� en la direcci�n que ella misma se�alara al apersonarse al proceso (v�ase: cargo de fojas 217). El juez debe tener algunos criterios para llevar a cabo esta revisi�n, y la sentencia del pleno debe cuidar de fijarlos. Adem�s, as� como en el Tercer Pleno Casatorio Civil (Casaci�n N� 4664-2010-Puno), de fecha dieciocho de marzo de dos mil once, la flexibilizaci�n de determinados principios procesales (como el de iniciativa de parte, congruencia, formalidad y preclusi�n) encontr� justificaci�n en la especial tutela de las relaciones familiares, en el presente caso la flexibilizaci�n de los principios procesales de congruencia e iniciativa de parte encuentra justificaci�n en la tutela de intereses generales que se ven perjudicados de forma manifiesta. Que, el otorgamiento de escritura pública es el procedimiento judicial mediante el cual, el juez, a solicitud de la parte demandante celebrante de un contrato, ⦠17. Por lo tanto, �la nulidad ex art. 18. Por lo tanto, corresponde uniformizar los criterios sobre el particular. Ob. La nulidad de oficio declarada por el juez en el C�digo Civil de 1984, En: Actualidad Jur�dica, N�mero 219, febrero, pp. LOHMANN LUCA DE TENA, Juan Guillermo. �Especialidades de los procesos declarativos ordinarios�, En: DE LA OLIVA SANTOS, Andr�s y DIEZ PICAZO GIM�NEZ, Ignacio. 10. Constitución: los comparecientes vienen en formar una sociedad comercial de responsabilidad... Francisco Javier Chuc Vargas N° 842-2002, 2a Sala Civil de Lima, 01/08/2002). SUMMERS, Robert y ENG, Svein. ej., incapacidad de obrar de una de las partes, falta de seriedad en la declaraci�n, simulaci�n, etc.-. �Acerca de la noci�n de contrato�, En: Gaceta Jur�dica, Lima, 2000, T.78-B,�p. Ob. 5 Páginas. JUICIO ORDINARIO CIVIL. INTRODUCCION En nuestro sistema jur�dico el principio de libertad de forma aparece recogido en el art�culo 143 del C�digo Civil seg�n el cual: �Cuando la ley no designe una forma espec�fica para un acto jur�dico, los interesados pueden usar la que juzguen conveniente�. 9. 2.- Como consecuencia de lo anterior, el. p. 137 MONTERO AROCA, Juan; FLORS MAT�ES, Jos�. La resoluci�n por incumplimiento es un instrumento que busca reparar el equilibrio entre las prestaciones que se ha visto afectado por un espec�fico evento sobrevenido como es el incumplimiento, es decir, la inexistente o inexacta ejecuci�n de una de las prestaciones. SALVADOR SENTENO JIMENEZ cit., p. 342 Cfr. C. JUEZ DE LO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DE NEZAHUALCOYOTL, ESTADO DE MÉXICO. Finalmente, en el tercer nivel se practica el juicio de eficacia, en donde se verificar� si el negocio jur�dico produce efectos jur�dicos o no; en este nivel se debe considerar que un negocio v�lido, en principio, es id�neo para desencadenar sus efectos, pero no necesariamente ser� as�, pues el negocio podr�a estar sujeto a un plazo o condici�n suspensiva, o dejar de producir sus efectos a consecuencia de eventos sobrevenidos (v.gr. La excepci�n de incumplimiento y el otorgamiento de escritura p�blica. Primero. N° 1069–, la primera disposición transitoria de este cuerpo normativo señala que a los procesos de ejecución en trámite se les seguirá aplicando la normativa anterior. Ob. Ley 1/2000�, Segunda edici�n, Tirant lo blanch, Valencia, 2001, p. 431). Ob. 23. • Pago de los derechos notariales DE ESCRITURA. El contrato es una manifestaci�n espec�fica (y concreta) de la categor�a general (y abstracta): negocio jur�dico. Eugenia Ariano Deho, consider� que el problema es la�v�a procedimental, pues mientras el otorgamiento de escritura se ventila en la v�a sumar�sima, en el que no cabe reconvenci�n, la�nulidad del acto jur�dico�debe ser discutida en una v�a m�s amplia. ARISITIDES GARAY VASQUEZ, identificado con Documento CUADERNO: Para ello es necesario que las pretensiones sean conexas, a pesar de lo cual no puedan ser acumuladas, caso contrario, deber� disponerse su acumulaci�n�. MUNICIPIO: ---------- 7 Páginas. Id., p. 60. Declaraci�n de oficio de la invalidez y principios del proceso.- 46. Al parecer esta sentencia incurre en motivación aparente. �ste se distingue principalmente en incumplimiento total (la prestaci�n es del todo no ejecutada) y cumplimiento inexacto (la prestaci�n es cuantitativamente o cualitativamente inexacta)�154. La escritura pública estambién conocida como Constitución Social o Testimonio de Sociedad. Al realizar este documento, se debe acudir a un notario para legalizar el registro de la escritura pública con ambas partes presentes para su inscripción. MONROY G�LVEZ, Juan. SECRETARIA: Cuando en el proceso aparezca la prueba de tal conducta, el Juez, independientemente de las costas que correspondan, impondr� una multa no menor de cinco ni mayor de veinte Unidades de Referencia Procesal. ESCRITO INICIAL. As�, por un lado, encontramos, por ejemplo, la Casaci�n N� 2952-2003-Lima que se�ala que: �En el proceso de otorgamiento de escritura p�blica solamente se busca revestir de determinada formalidad el acto jur�dico, no discuti�ndose en esta v�a los requisitos para su validez, de all� que se sustancia en la v�a sumar�sima.
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